Obtener la nacionalidad española puede convertirse en una carrera de fondo. Años de residencia legal, exámenes de idioma y conocimientos, trámites ante el Ministerio de Justicia y, una vez concedida, una contrarreloj para formalizar la adquisición. El pasado año, España nacionalizó a 299.732 residentes extranjeros, la cifra más alta según el Instituto Nacional de Estadística (INE). De ellos, 253.836 obtuvieron la nacionalidad por residencia, mientras que el resto accedió a través de otras vías, como la opción o la carta de naturaleza. A estas cifras se suman los procedimientos específicos: la ley de nietos había permitido aprobar 571.761 expedientes en la red consular hasta el 31 de mayo de 2026, y la vía destinada a los descendientes de judíos sefardíes había acumulado 73.019 concesiones hasta el 30 de junio de ese año.¿Qué es ser español de origen? Según el Código Civil, los españoles son los nacidos de padre o madre españoles; los nacidos en España de padres extranjeros si al menos uno de los progenitores nació también en España; los nacidos en España de padres apátridas o cuando ningún país les atribuya otra nacionalidad; los nacidos en España cuya filiación no conste, y los extranjeros menores de 18 años adoptados por un español.Fuera de estos supuestos, el camino para obtener la nacionalidad española pasa por la residencia, la opción y la carta de naturaleza. Además de estas, la ley para regularizar sefardíes y la denominada ‘ley de nietos’ completan esta amalgama de procesos.La vía reina es la residencia. Exige vivir en España de forma legal, continuada e inmediatamente anterior a la petición, justificar buena conducta e integración en la sociedad.Cumplido el periodo de residencia, el solicitante debe pasar dos exámenes del Instituto Cervantes: la prueba de conocimientos constitucionales y socioculturales (CCSE) con un precio de 85 euros y la de idioma español (DELE A2), con un precio variable según el país.La espera no termina al presentar la solicitud. El procedimiento de nacionalidad por residencia tiene un plazo legal de resolución de un año desde su entrada en la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública. Pasado este tiempo, el silencio administrativo es desestimatorio pero la Administración puede resolver de manera específica. La realidad es que a finales de 2022, más de 276.000 solicitudes de nacionalidad por residencia seguían sin resolverse, de las que más de 11.000 acumulaban al menos cinco años de antigüedad, según una investigación de Civio.El atasco no desaparece. A 30 de junio de 2026, el Ministerio de Justicia contabilizaba 251.223 expedientes pendientes de resolución. Esto ayuda a entender anomalías estadísticas como las que entrega el Ministerio de Justicia, en las que se puede ver cómo solicitudes, concesiones y denegaciones, nunca coinciden.En 2023, por ejemplo, se concedieron más nacionalidades de las que se solicitaron durante ese año. No significa que el número de peticiones disminuyera, sino que la Administración también estaba resolviendo expedientes anteriores.El récord de nacionalizaciones tampoco se limita a la vía de residencia. Según el INE, 253.836 residentes extranjeros obtuvieron la nacionalidad por este procedimiento en 2025, la cifra más alta de la serie. Las nacionalidades previas más frecuentes fueron la marroquí, con 42.114 personas; la colombiana, con 37.712; y la venezolana, con 36.271.Recibir una resolución favorable tampoco significa que todos los trámites hayan terminado. Una vez concedida la nacionalidad por residencia, el tiempo para el interesado empieza a correr.El plazo para completar el proceso que incluye la jura o promesa de fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución, que se realiza ante el Registro Civil o ante notario, es de 180 días desde la notificación de la concesión. La obtención de la nacionalidad no conlleva la renuncia para los ciudadanos naturales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Francia, Portugal y sefardíes. En otros casos, la renuncia exigida por la legislación española no siempre implica que el país de origen deje de considerar ciudadano al interesado. El Real Instituto Elcano ha señalado que las reglas de doble nacionalidad varían entre Estados y que existen diferencias importantes entre la situación jurídica reconocida por España y la que mantiene el país de origen, Reino Unido, por ejemplo, sigue considerando británico al renunciante. La nacionalidad por opción permite adquirirla a determinadas personas que mantienen vínculos familiares con España, sin necesidad de esperar el plazo general de residencia.Entre los supuestos contemplados se encuentran quienes están o han estado sujetos a la patria potestad de un español; quienes tienen padre o madre originariamente españoles y nacidos en España; y determinados casos en los que la filiación o el nacimiento en España se determinan después de cumplir los 18 años. También pueden optar quienes fueron adoptados por españoles siendo mayores de edad.Los plazos para ejercer este derecho varían según el supuesto. Como regla general, la opción caduca a los 20 años, aunque existen excepciones legales.El INE contabilizó 45.715 adquisiciones de nacionalidad por opción entre residentes en España durante 2025, frente a las 36.407 de 2024 y las 26.844 de 2023.La Ley 12/2015 abrió un procedimiento específico para conceder la nacionalidad española a los descendientes de los judíos sefardíes expulsados de España en 1492. La norma estableció un mecanismo de adquisición por carta de naturaleza, condicionado a la acreditación del origen sefardí y de una especial vinculación con España.Los solicitantes podían aportar certificados de comunidades judías y autoridades rabínicas, documentación sobre el linaje familiar y pruebas relacionadas con tradiciones como el uso del ladino o la haketía. También debían superar las pruebas de conocimientos constitucionales y socioculturales y, cuando correspondiera, de idioma.El plazo para presentar solicitudes terminó el 1 de octubre de 2019. Desde entonces, el trabajo administrativo se ha centrado en resolver expedientes. A 30 de junio de 2026, Justicia contabilizaba 81.225 expedientes resueltos, con 73.019 concesiones y 7.869 pendientes. La disposición adicional octava de la Ley 20/2022 de Memoria Democrática permite optar a la nacionalidad sin límite de edad y sin renuncia a su actual nacionalidad:Unos 2,4 millones de personas pidieron cita para presentar la solicitud antes del cierre. El precedente de la Ley de Memoria Histórica de 2007 recibió 491.177 solicitudes y nacionalizó a 373.616 personas entre 2008 y el 31 de diciembre de 2022, con 97.671 denegaciones.El procedimiento se tramita en los consulados para quienes residen en el exterior y en el Registro Civil para quienes residen en España. El plazo se abrió en octubre de 2022 y se cerró en octubre de 2025, pero la tramitación continúa.*Fuente: Red consular, a 31 de mayo de 2026.Existe, por último, la posibilidad de adquirir la nacionalidad por carta de naturaleza. A diferencia de la vía por residencia, no está sujeta a los plazos ordinarios: el Gobierno puede concederla discrecionalmente mediante real decreto cuando concurren circunstancias excepcionales.Es una vía utilizada en algunos casos de especial relevancia pública, incluidos los de determinados deportistas, aunque cada concesión depende de las circunstancias particulares y de la decisión gubernamental.Entre 2021 y junio de 2026 se concedieron 236 cartas de naturaleza, según las estadísticas del Ministerio de Justicia.
Archivo - Pasaporte español sobre un mapa. EUROPA PRESS - Archivo
Obtener la nacionalidad española puede convertirse en una carrera de fondo. Años de residencia legal, exámenes de idioma y conocimientos, trámites ante el Ministerio de Justicia y, una vez concedida, una contrarreloj para formalizar la adquisición.