La inscripción registral del pazo de Meirás a nombre del Estado ha quedado en suspenso por ciertas carencias u omisiones en la documentación. El motivo de esta paralización cautelar es una anomalía similar a la que ya fue advertida durante el proceso judicial para dirimir la titularidad de este inmueble, en concreto, que uno de los herederos, Francisco Franco Martínez-Bordiu, no constaba como demandado a título personal en el proceso.
La inscripción registral del pazo de Meirás a nombre del Estado ha quedado en suspenso por ciertas carencias u omisiones en la documentación. El motivo de esta paralización cautelar es una anomalía similar a la que ya fue advertida durante el proceso judicial para dirimir la titularidad de este inmueble, en concreto, que uno de los herederos, Francisco Franco Martínez-Bordiu, no constaba como demandado a título personal en el proceso.
Y es que la Abogacía del Estado interpuso la demanda civil contra seis de los siete nietos del dictador y contra Pristina, una sociedad de la que es administrador único Francisco Franco Martínez-Bordiu y a la que este había transmitido su parte de la propiedad del pazo de Meirás. El hecho de que no fuese notificado personalmente ya llevó requerir en 2021 a la Audiencia Provincial cierta documentación para acreditar que no se había generado indefensión a este heredero al no notificarle la demanda, un extremo que, de confirmarse, podría haber dado pie, incluso, a anular el proceso.
El registrador al que le ha sido encomendada la inscripción del pazo de Meirás a nombre del Estado ha paralizado ahora cautelarmente la cancelación de los asientos registrales por este mismo motivo. Expertos consultados por este periódico explican que el registrador tan solo recibe la sentencia que confirma que el inmueble es patrimonio estatal, no el expediente judicial completo, por lo que al comprobar que figuraba como titular una persona que no había sido demandada en el proceso, ha optado por prorrogar el asiento hasta el 2 de diciembre de 2026. La Abogacía del Estado tendrá ahora un plazo de tres meses para recabar del juzgado toda la documentación que acredite que esta incidencia ya había sido advertida y subsanada durante el procedimiento judicial.
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A priori, todo apunta a que se trata de un error fácilmente subsanable dado que en 2021, en respuesta a una providencia de la Audiencia por este mismo motivo, el abogado de los Franco remitió a la Audiencia las escrituras notariales que aclaraban que no había propietarios ignorados en el proceso. El letrado, en representación de Francisco Franco Martínez-Bordiu, presentó un escrito para dejar constancia de que no se le había generado indefensión y de que asumía como propio todo lo actuado hasta aquel momento. Planteaba además su personamiento en la causa para despejar cualquier duda al respecto.